LA CONTAMINACIÓN ELECTROMAGNÉTICA
- LA CONTAMINACIÓN SILENCIOSA
La evolución del ser humano, su
desarrollo y su adaptación a nuestro
planeta fue a través de miles de años
bajo un campo electromagnético natural, el sol, las tormentas entre
otras, que nos adoptamos como también todo ser vivo como lo conforman la flora
y fauna, dicho campo electromagnético natural atraviesa nuestro cuerpo y lo
asimilamos, pero en los últimas décadas nos encontramos a una sobre exposición
de los campos electromagnéticos artificiales que afectan y han ocasionado una
series de cambios en nuestra células, ADN, (Debemos de tener en cuenta que la flora, fauna y nuestro medio
ambiente evolucionaron sin los efectos de la contaminación electromagnética
artificial). El cuerpo del ser humano, de
todo ser vivo, y de nuestro ecosistema,
está siendo alterado, modificado por esta contaminación electromagnética, en la
que no estamos evolutivamente adoptados no tendremos que esperar mucho tiempo
para ver sus alteraciones genéticas y evolutivas que ocasionaran en nuestra
sociedad y medio ambiente
Los diversos trabajos, estudios e
investigaciones científicos realizados en Europa, y en diversos países del orbe, manifiestan que los seres humanos, animales y plantas se
encuentran rodeados por los campos electromagnéticos naturales y los campos
electromagnéticos artificiales de muy bajas a muy altas frecuencias que pueden
interferir, modificar, alterar los procesos biológicos de la comunicación
celular y el metabolismo celular, aumentando la permeabilidad de la protectora
barrera hematoencefálica, diversos cambios en la actividad de las ondas
cerebrales, la interferencia de la liberación de neurotransmisores, hormonas
(la hormona del estrés), daños en el sistema inmune, la información genética y
la reducción de la fertilidad.
Durante el siglo XX hemos visto que la contaminación ocasionada por los
agentes externos que afecta a nuestro
entorno, nuestro espacio vital, que
son producidas por el hombre altera el
ecosistema. Primero fue la contaminación de nuestros mares, ríos, lagos y
después la disminución de la capa de ozono, el aumento de una contaminación
acústica y visual, la contaminación electromagnética ocasionado campos
electromagnéticos artificiales, como son las diversas maquinas industriales,
líneas eléctricas, electrodomésticos, telefonía celular y ahora nos encontramos
a una sobre exposición adicional de las antenas de telefonía celular, de Wi
fi, que nos exponen a diario a una
radiación adicional. La radiación no ionizante que generan las
antenas de telefonía celular, son invisibles, no tienen olor, no se puede ver,
no puede tocar, y estamos expuestos
todos, pero debemos de ser conscientes que existe una población que se
encuentra vulnerada, son nuestros niños y
adolescentes, como también los adultos mayores.
Recordemos lo que paso con el tabaco, que recién la última década del siglo
pasado, los estudios nos dieron a conocer que su consumo producía cáncer. Hay que recordar que más de 50 años la
Organización Mundial de La Salud, se demoró en dar una respuesta acerca de los
problemas cancerígenos que producía el fumar, no hay que esperar que pase lo
mismo con la radiación no ionizante, que emana de una antena de telefonía
celular, antena de Wi fi, radares.
Existen diversos estudios epidemiológicos como el realizado en la ciudad deNaila ubicada en la parte sur de Alemania, Esta
investigación dio como resultado que el aumento en la probabilidad de tener cáncer, era mayor en los pacientes que habían estado viviendo durante
los últimos 10 años en casas, el riesgo relativo de contraer cáncer, era 300
veces mayor, para las personas que viven dentro de los 400 metros de una antena
de telefonía celular , comparado con los residentes que viven más allá de esa
distancia.
Los resultados de este estudio son importantes, porque demuestra que la
exposición continua a largo plazo de la
radiación no ionizante que emana de una antena de telefonía celular, contribuye
y afecta al desarrollo de diferentes tipos de cáncer. A que estamos expuestos
debemos tomar en cuenta que los límites de exposición recomendables al ser
humano y al medio ambiente, la Resolución de Salzburgo, es el más aceptado y
recomendado en la actualidad por el Parlamento Europeo.
En Sud América se realizó el EstudioEpidemiológico de Belo Horizonte de la Universidad Federal de Minas Gerais, que
fue realizado por la ingeniera e investigadora Dra. Ing. Adilza Condessa, que confirma que existe una relación entre las muertes
por cáncer y la localización de las antenas de telefonía celular de la ciudad
de Belo horizonte, en Brasil. Esta hipótesis fue comprobada en base a los datos
obtenidos y la información sobre las defunciones entre los años 1996 y 2006. “En este estudio se pudo observar que en la
ciudad de Belo Horizonte, la tercera ciudad más grande de Brasil, tiene el
mayor número de concentración de antenas de telefonía celular, presentando
también la tasa más alta de muerte por cáncer, todo lo contrario sucede en la
región de Barreiro donde se encuentra donde hay una menor tasa de muerte por
cáncer y una menor número de antenas de telefonía celular”
LA CONSTITUCIÓN POLITICA DEL PERU SEÑALA EN SU ARTICULO 1° “La
defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de
la sociedad y del Estado” La defensa y protección de la persona humana,
debe ser preventiva, unitaria e integral. Con un proyecto de vida y desarrollo
personal, ser considerada como una unidad psicosomática con goce de su plena libertad.
EL
INCISO 22 DEL ARTÍCULO 2° reconoce como derecho fundamental “A la
paz, a la tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al descanso, así como a
gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida.”
La constitución garantiza
que el ser humano se desarrolle en un ambiente equilibrado, sino que también en
un ambiente adecuado para la vida humana, manteniendo las condiciones naturales
del medio ambiente, tenemos una relación estrecha como agentes biológicos, con
nuestra flora y fauna, con el aire, agua y sub suelo.
Tenemos el derecho de vivir
en un medio ambiente adecuado y equilibrado. El estado tiene un papel muy
importante en tener políticas y medidas correctivas, para proteger la salud de
los posibles y eventuales daños. El derecho a la salud es un bien primario que
facilita el ejercicio de los demás derechos y el libre desarrollo de la
persona. Es decir vivir en un ambiente adecuado para el normal cumplimiento de otros derechos.
Como también en el Artículo N° VII: EL PRINCIPIO PRECAUTORIO ESTABLECIDO
EN LA LEY DEL AMBIENTE N° 28611 determina en forma expresa que
Cuándo haya peligro de daño grave o irreversible la ausencia de información o
certeza científica no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción
de medidas eficaces, para impedir la degradación del medio ambiente.
Es importante el principio de precautorio, para tomar las medidas para
lograr mitigar la exposición a los campos electromagnéticos de origen
artificial, por ser mas específicos a la instalación de la infraestructura de
las antenas de telefonía celular, que se bien es cierto que actualmente existe
varios estudios epidemiológicos, que nos indican una seria de peligros para el
ser humano y nuestro ecosistema, la Organización Mundial de la Salud, se
encarga de desacreditarlos estas investigaciones, debido a esto nos encontramos en una incertidumbre
de una adecuada certeza científica.(recordemos que paso con el tabaco, comentado lineas arriba)
Es por tal motivo explicado
anteriormente, que solicitamos la modificación de la LEY PARA LA EXPANSIÓN DE INFRAESTRUCTURA ENTELECOMUNICACIONES Ley N° 29022 y su respectivo reglamento, porque está
presente ley da amplia facultades para que las Empresas de Telefonía Celular
instalen sus respectivas antenas, desconociendo la LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES
LEYNº 27972 que recorta sus derechos,
como es el caso de una adecuada elaboración de una ordenanza municipal que en el Artículo
40° Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la
materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía
en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la
organización interna, la regulación, administración y supervisión de los
servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia
normativa. Desarrollado en su jurisprudencia.
Solicitamos de buena fe, que se elabore una adecuada ordenanza
municipal, teniendo al ser humano y al ecosistema que nos rodea, como un solo
ente. En donde se debe mencionar los límites de
exposición permisibles para el ser humano, las distancias que debe de existir,
establecer las zonas blancas por ejemplo: que no se tiene que instalar una infraestructura de una antena de telefonía
celular a menos de 500 metros de instituciones educativas, centros médicos,
albergues acilos, la consulta a los vecinos colindantes en un radio de 300
metros, en donde la 75 % de la población
debe manifestar estar de acuerdo con dicha instalación.
Pedimos emular las medidas,
políticas y una verdadera aplicación del principio de precaución aplicadas por
distintas ayuntamientos o distritos en varios países del mundo, como son en Australia de 500 metros, Nueva Zelanda de 500 metros de
Colegios, Universidades, Asilos, Hospitales (Zonas blancas). En el Perú
carecemos de una adecuada ordenanza municipal que protejan a nuestra población
más vulnerable, establecer las zonas blancas libre de contaminación
electromagnética. El límite permisible de
radiación en el Perú es de 4.5W/m2
y en algunas ciudades de Europa
los límites de exposición es de 0.001W/m2 = 0,614 Voltios/metros.
En el Perú ninguna Universidad, Profesionales de la salud, desmiente o
afirman estas investigaciones, resoluciones y estudios epidemiológicos, me pregunto ¿Carecemos
de adecuados profesionales? ¿Hay poca información acerca de los campos
electromagnéticos de origen artificial?
FUENTE:
http://www.apdr.info/electrocontaminacion/Documentos/Institucions_Europeas/Resolucion.A.P.Consejo.Europa.27.05.11.pdf
3. Estudio Epidemiológico de Belo Horizonte (Brasil)
http://www.apdr.info/electrocontaminacion/Documentos/Investigacion/ESTUDOS%20EPIDEMIOLOXIDOS%20E%20ANTENAS/Belo_Horizonte/Tese_brasileira.2010_cas.pdf
4. Estudio Epidemiológico de Naila (Alemania)
http://www.apdr.info/electrocontaminacion/Documentos/Investigacion/ESTUDOS%20EPIDEMIOLOXIDOS%20E%20ANTENAS/NAILA_esp.pdf
3. Estudio Epidemiológico de Belo Horizonte (Brasil)
http://www.apdr.info/electrocontaminacion/Documentos/Investigacion/ESTUDOS%20EPIDEMIOLOXIDOS%20E%20ANTENAS/Belo_Horizonte/Tese_brasileira.2010_cas.pdf
4. Estudio Epidemiológico de Naila (Alemania)
http://www.apdr.info/electrocontaminacion/Documentos/Investigacion/ESTUDOS%20EPIDEMIOLOXIDOS%20E%20ANTENAS/NAILA_esp.pdf
7. Ley para el Fortalecimiento de la Expansión de Infraestructura en TelecomunicacionesLEY Nº 29022
8. Aprueban el Reglamento de la Ley N°29022 - Ley para el Fortalecimientode la Expansión de Infraestructura enTelecomunicaciones
8. Aprueban el Reglamento de la Ley N°29022 - Ley para el Fortalecimientode la Expansión de Infraestructura enTelecomunicaciones